SE AUTORIZA LA APERTURA DE LA PLAYA EL INGÁ CON PROTOCOLO APROBADO

     “2.020 – AÑO BELGRANIANO”

     GOYA, 14 de diciembre de 2020

     RESOLUCIÓN N°: 2176

     OTORGANDO AUTORIZACIÓN PARA APERTURA DE LA PLAYA EL INGA Y APROBANDO PROTOCOLO DE SEGURIDAD

     VISTO:

     La solicitud de apertura de La Playa El Inga;;;

     Y CONSIDERANDO:

     Que, a fs 1 se adjunta solicitud de autorización para la apertura de la Playa El Inga, estableciendo además las condiciones que deben cumplirse para su realización.

     Que, el D.E.M. dispone de la atribución de desarrollar los protocolos de acción y actuación mientras dure la presente emergencia, pudiendo, aprobar y/o reglamentar en cuanto a condiciones sanitarias y de seguridad para el ejercicio de actividades exceptuadas del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, fomentando su desarrollo aún en condiciones excepcionales.

     

    Que, analizados los parámetros establecidos en el protocolo sometido a consideración y consulta con el comité de crisis en uso de sus prerrogativas, mientras se observe un riguroso cumplimiento del Protocolo; el D.E.M entiende que se está en condiciones para autorizar la apertura requerida.

     Quedando establecido que estas acciones, como así también la autorización de apertura, son a modo de prueba y podrán ser dejadas sin efecto y/o reacondicionadas conforme las circunstancias así lo exijan.

     Por ello;;;

     EL INTENDENTE MUNICIPAL

     RESUELVE:

     ARTÍCULO 1°: AUTORIZAR la apertura de la PLAYA EL INGA, los días lunes a domingo en el horario de 10:00 hs a 21 hs, siempre que se dé un riguroso cumplimiento del protocolo de seguridad adjunto a la presente y que es parte integrativa de esta Resolución como anexo I.

     ARTÍCULO 2º:, HACER SABER a las autoridades Provinciales y/o Nacionales, como Policía de la Provincia de Corrientes, Policía Federal y/o Prefectura Naval, y conforme atribuciones concedidas por las normativas vigentes en materia de policía de seguridad, que ante la existencia de infracción al cumplimiento de la Resolución que antecede, o a otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia sanitaria, deberán proceder de inmediato a hacer cesar la conducta infractora, da ndo actuación a la autoridad judicial y administrativa competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.

     ARTÍCULO 3º: FIJAR un mínimo de $ 4.000 (pesos cuatro mil) y hasta un máximo de $ 100.000 (pesos cien mil) de multa para cada infractor, que se graduara de acuerdo a la gravedad de la infracción cometida.

     ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese el RM, notifíquese, sáquese copia para quien corresponda y ARCHÍVESE.

     

     DR. MARCELO GUSTAVO FRATTINI Secretario de Gobierno

     LIC. FRANCISCO IGNACIO OSELLA Intendente Municipal

     

     

     

    ANEXO I

     RESOLUCIÓN Nº 2176/2020

     MEDIDAS PREVENTIVAS PARA LA APERTURA Y USO DE LAS PLAYAS EN LA SITUACIÓN DE PANDEMIA COVID19:

     ADECUACIÓN TÉCNICA DEL ESPACIO:

     · Delimitar el perímetro de la playa demarcando claramente sus linderos, un área de ingreso, y dos áreas de salida.

     · Disponer de áreas de desinfección de manos en ingresos y en baños.

     · Disponer áreas de desinfección de manos, en lugares estratégicos, que sea de acceso público, tanto para los bañistas como para trabajadores de la zona.

     · Implementar con apoyo de la policía turística, mecanismos para el control del ingreso y salida de la playa, número máximo de personas simultáneamente permitidas y distanciamiento entre núcleos familiares, de acuerdo a la capacidad de la playa.

     · Determinar en la zona de servicios un área para la venta de alimentos y refrescos, las mismas deberán cumplir con el distanciamiento social e higiene de manos, ante las personas que acudan al comercio.

     · Garantizar que los alimentos y bebidas para consumo en estas áreas cumplan con las condiciones sanitarias y de comercialización.

     · Establecer un mecanismo de reserva de lugares específicos para turistas.

     · Señalizar en las zonas de parqueadero las vías de circulación interna y áreas habilitadas para la ubicación de vehículos, motocicletas, bicicletas garantizando una distancia mínima de 2 metros entre cada uno.

     · Instalar señalización alusiva a lavado de las manos y el uso de barbijo.

     · Las parrillas del parque el inga, también contarán con protocolo de desinfección. Los ocupantes no podrán exceder de las seis personas. Tampoco se permitirá el consumo de alcohol.

     

    PROTOCOLO DE LA PLAYA:

     - Si tiene síntomas compatibles con la COVID-19 (fiebre, tos, síntomas respiratorios…) no acuda a la playa. Consulte con su centro de salud.

     · Solicitar previamente el permiso para ingresar a la playa, desde la página web del municipio: www.goya.gob.ar. Llenar formulario y presentar en el ingreso a la playa.

     · Se permitirá el ingreso a la playa de 10.00 a 21.00 horas de lunes a domingos

     · El uso de la parrilla estará permitido de 10.00hs a 01.00am.- quedando prohibido el consumo de alcohol.

     · El permiso puede solicitar una persona, en caso de que vaya acompañada, tendrá la posibilidad de brindar los datos de las demás, en el mismo permiso.

     · Una vez que se ingrese a la playa, tendrá que marcar el lugar donde va a permanecer, los guardavidas estarán atentos en caso de duda.

     · Se permitirá la permanencia de hasta (6) seis personas por islas.

     · Mantener el distanciamiento social, al menos 2 metros de distancia con las personas con las que no conviva.

     · Es obligatorio el uso de barbijo para circular en la playa.

     · Desinfección de manos frecuentemente.

     · No compartir toallas u otros elementos de contacto directo. (lavar las toallas y trajes de baño al llegar a casa).

     · Disponer que los menores cumplan las medidas preventivas.

     · Cumplir con las recomendaciones de los guardavidas, auxiliares y agentes de seguridad sobre las normas y condiciones de uso de la playa.

     · Las actividades acuáticas deportivas y de ocio (embarcaciones, kayak, tablas, etc…). Establecer medidas de mantenimiento de distancias de seguridad y procedimientos de limpieza y desinfección tras cada uso.

     · El uso de las parrillas es exclusivamente con permiso previo; no más de seis personas; no compartir utensilios; y está prohibido el acceso con bebidas alcohólicas.

     · Queda totalmente prohibida la permanencia en los espacios verdes que no están determinados y marcados para su uso.

     · Está prohibida la permanencia de vehículos en los estacionamientos sobre Av. Pacho Balestra en el horario de 21:00 hs hasta las 10:00 hs

     · Se permite la circulación de vehículos por Av. Pacho Balestra y Patricias Argentinas.

     

    DR. MARCELO GUSTAVO FRATTINI Secretario de Gobierno

     

    LIC. FRANCISCO IGNACIO OSELLA Intendente Municipal

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